Voto por correo desde España: solicitud y fecha límite para las elecciones autonómicas y municipales 2019

Voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales 2019.
Voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales 2019.
CORREOS - Archivo
Voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales 2019.

Los ciudadanos pueden solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas, municipales y al Parlamento europeo. Según informa Correos, quien quiera solicitar esta modalidad de voto podrá hacerlo hasta el 16 de mayo en cualquier oficina de Correos de España.

Esta petición debe realizarse personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad que impida hacerlo personalmente, lo que deberá acreditarse mediante certificado médico-.

En este sentido, Correos recuerda que todas las personas con discapacidad mayores de 18 años tienen derecho a votar personalmente tras la aprobación de la Ley Orgánica 2/2018 de 5 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica de Régimen Electoral.

En el momento de formular la solicitud de voto por correo, los interesados deben acreditar su personalidad presentando el DNI, el Pasaporte, el carné de conducir, la tarjeta de residencia -para ciudadanos de la Unión Europea- o la tarjeta de identidad de extranjero.

Correos remite la solicitud debidamente cumplimentada a la Oficina del Censo Electoral, por lo tanto, si se solicita el voto por correo ya no se puede votar personalmente.

A continuación la Oficina del Censo Electoral envía por correo certificado al domicilio indicado en el impreso de solicitud un sobre con la siguiente documentación:

  • Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a cada uno de los procesos convocados.
  • Un sobre o sobres de votación.
  • El certificado de inscripción en el censo.
  • Un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le correspondería votar.
  • Una hoja explicativa.

Cuando se decida a quién votar, se introducirán las papeletas en el sobre correspondiente junto a  y se cerrará.

Incluirá el sobre o sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo en el sobre dirigido a la Mesa y lo remitirá por correo certificado en todo caso no más tarde del 24 de mayo. Este envío es gratuito, ya que será el Ministerio del Interior a través del presupuesto electoral el que se hará cargo de compensar al operador postal por estos envíos.

Correos entregará en las Mesas electorales la correspondencia que pueda recibirse hasta las veinte horas del día de la votación. Los sobres recibidos después de las veinte horas se remitirán a la Junta Electoral de Zona y se destruirán.

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